MILEIKA BERNAL
Una serie de hechos periodísticos ocurridos en los últimos años en Panamá han puesto en el epicentro del debate profesional el tema de la reserva de identidad de las fuentes informativas.
Mientras que algunos aseguran que, si la fuente engaña al periodista, éste tiene una licencia para revelarla, otros son firmes en el principio de que, en ninguna circunstacia, el periodista debe revelar la fuente que ha prometido mantener en reserva.
Algunos de los casos en los que ha entrado en discusión el tema en Panamá, involucran a personajes e instituciones públicas importantes, como un colegio secundario capitalino, el Rector de la Universidad de Panamá y el Procurador General de la nación.
Caso del colegio
La opinión pública no es consciente de hasta dónde se presiona a los periodistas cuando publican una información con la reserva de la fuente. En junio de 1996, el diario El Panamá América publicó una investigación que surge de rumores de que en algunas escuelas secundarias (públicas y privadas) se traficaban drogas entre los estudiantes menores de edad.
La periodista Elizabeth Muñoz de Lao, que participó en la investigación, dijo que se decidió tratar el tema luego de discutir por varias semanas sobre él, ya que el problema de la infiltración de drogas en colegios secundarios no era fácil. Solo se tenía información extraoficial de la Policía Técnica Judicial (PTJ).
La información de que en un colegio privado tenía problemas de estudiantes que traficaban drogas se logró a través de un profesor del centro educativo, quien advirtió que daba la información con la reserva de su nombre. El trabajo se publicó.
Una vez publicado, los profesores y los directivos del colegio denunciado se presentaron a las instalaciones del periódico con una nota de protesta firmada por todos los profesores del plantel, incluido el profesor que había suministrado los datos, para exigir que se diera el nombre de la persona que había proporcionado la información, con la amenaza de demandar a los periodistas y al medio por calumnia e injuria.
El equipo de periodistas que trabajó en la investigación se opuso a revelar la fuente, con el apoyo de la jefa de información, Migdalia Fuentes de Pineda, a pesar de las amenazas de demandas.
Caso del Rector
El 29 de mayo de 1994 se registró otro caso de reserva de fuente. Los protagonistas fueron el periodista Manolo Alvarez, de La Prensa, y el rector de la Universidad de Panamá, Carlos Iván Zúñiga.
La nota "Karla: historia de un sueño destrozado" contaba detalladamente cómo un profesor, que también es médico, proponía a una estudiante resolver su fracaso en un examen semestral, a cambio de una cita o un encuentro fuera de la Universidad.
El rector Zúñiga solicitó, mediante un emplazamiento publicado en los diarios (como anuncio pagado), al periodista Manolo Alvarez Cedeño que revelara la identidad de la estudiante y del profesor (cuyos nombres ficticios eran Karla Stanziola, la estudiante, y Xavier Amorós, el profesor) involucrados en la historia sobre acoso sexual.
Zúñiga apeló a la salvaguarda de "un interés superior, conforme se señala en el artículo 170 del Código Penal panameño", que se refiere a la revelación del llamado "secreto profesional’’ y que, según sostenía el Rector, es aplicable a los periodistas, aun cuando estos se hayan comprometido a mantener la reserva de identidad de una fuente.
Zúñiga inició una pesquisa, con base en los datos contenidos en el reportaje, con el propósito de dar con la identidad de la estudiante y del profesor. Para esto, el Rector acudió a los expedientes individuales de las estudiantes que constituyen el universo limitado que tiene las mismas características de Karla Stanziola.
Ante la insistencia del Rector en descubrir quién era Karla, el periodista Alvarez dijo que lo que realmente le interesaba al Rector era verificar si la historia publicada era verdadera y no resolver el problema de acoso sexual en la Universidad.
A pesar de la persecución pública del Rector Zuñiga, el periodista Alvarez no reveló nunca el nombre de la estudiante ni el del profesor.
En estos dos casos de diarios importantes de Panamá, los periodistas mantuvieron el principio de reserva de la fuente, sobre todo porque dar el nombre significaría perjuicio a las fuentes que accedieron a hablar con la condición de que se mantuviera su nombre en reserva. En el primer caso, el docente podía ser despedido de su empleo y se le podía impedir trabajar como educador; en el segundo, la fuente, que en ese momento estudiaba periodismo, podía ver afectada nuevamente su carrera.
Caso del procurador
El último caso de reserva de fuente y el más sonado en Panamá, ocurrió el 7 de julio de 1996, con la publicación de una noticia en el diario La Prensa, titulada "Circula presunto ‘narcocheque’ donado a la campaña de Sossa’’ firmado por el periodista Rolando Rodríguez B.
La noticia decía que el procurador general de la nación, José Antonio Sossa, había recibido un cheque, por 5,000 dólares, el cual había sido donado, al parecer, a su campaña de reelección como legislador en las elecciones 1994 por una compañía panameña, utilizada por los carteles colombianos para lavar dinero procedente del narcotráfico.
Cuando La Prensa tuvo acceso al documento, se le pidió al procurador Sossa que atendiera a los periodistas, y él los recibió en su residencia particular para dar su reacción sobre la autenticidad del cheque que se había recibido en el diario, por una fuente que pedía reserva de su identidad y que se denominaba "adversa al procurador’’.
El funcionario aseguró desconocer a los propietarios de la empresa Simar Joyeros, que giró el cheque a su nombre, y afirmó que no tenía ninguna relación con la mencionada compañía ni con con sus propietarios.
En la entrevista, el Procurador admitió que la firma del endoso del cheque era suya y admitió también que pudo haber recibido la donación ya que su registro "no es infalible’’.
Sin embargo, al día siguiente, 8 de julio, el Procurador pidió personalmente al banco emisor del cheque que verificara su veracidad. Efectivamente, el banco estableció que el cheque era falso.
A raíz de la certificación falsa del cheque, el Procurador inició una investigación judicial y exigió a los periodistas de La Prensa el nombre de la fuente que había entregado el documento. Al negársele la información, fueron llamados a declarar en calidad de testigos ante el fiscal quinto del Primer Circuito Judicial de Panamá, Roberto Murgas Torraza, los periodistas Rolando Rodríguez, Gustavo Gorriti y Aristides Cajar, la recepcionista Lizeika Díaz y el presidente de la junta directiva, Juan Arias, además de realizar una inspección ocular en las instalaciones del diario.
Las investigaciones que siguieron señalaron al abogado César Guardia como la persona que "supuestamente’’ dio a La Prensa la copia del cheque.
La Fiscalía Quinta investigó a Guardia y a los periodistas Rodríguez y Gorriti, por una denuncia interpuesta por el procurador Sossa, por la comisión de delitos contra el honor y la fe pública, cometidos en su perjuicio.
Luego de los interrogatorios, el fiscal auxiliar, Carlos Augusto Herrera, ordenó, el 15 de julio, la detención del abogado Guardia, fundamentada en la presunta comisión de delito contra la fe pública, concretamente el de falsificación de documentos, que lleva pena mínima de dos años de prisión, según lo dispuesto en el artículo 265 del Código Penal. En tanto, el pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá ratificó que la detención de Guardia era legal.
Los periodistas de La Prensa fueron indagados nuevamente por la Fiscalía, ahora con la acusación del delito de injuria. El proceso de investigación sigue su curso. Los acusados se encuentran a la espera de la vista fiscal, donde se determinará si serán sobreseídos o si serán llamados a juicio.
Opiniones académicas
Franklin Bósquez, profesor de la Facultad de Comunicación Social en la Universidad de Panamá, dijo que los periodistas que usan el principio de la reserva de la fuente para divulgar hechos deben ser maliciosos de manera que la información que se divulgue sea cierta.
Bósquez señaló: "si una fuente me da una información que se comprueba es falsa y que además se da con la intención de hacer daño a un funcionario, lo ‘considero un acto doloso’, por lo que no vacilaría en dar el nombre de la persona."
En ese caso, según Bósquez, "no hay ninguna razón para encubrir a esta fuente y que el periodista asuma la responsabilidad total de la publicación.’’
¿Hasta qué punto los periodistas tienen que guardar silencio cuando se puede definir claramente que una determinada persona tuvo la intención criminal dolosa al dar una información falsa?, se pregunta Bósquez.
Bósquez argumenta que ninguna información que llega a la redacción a través de una "fuente adversa" a un funcionario público, cualquiera que sea, debe ser tomada al pie de la letra. Señala que es fundamental comprobar la información con otras fuentes autorizadas, sobre todo cuando está de por medio el honor de una persona, tal como lo señala Guido Fernández en su libro "Agonía a la hora de cierre’’.
Al referirse al caso del Procurador General de la nación y al diario La Prensa, Bósquez dijo que respeta la posición de los periodistas de "no revelar la fuente’’; sin embargo, considera que esta fuente no merece que el periodista asuma la responsabilidad porque la fuente cometió un acto doloso al dar una información falsa. "Si fuera yo el periodista, daría a conocer el nombre’’, afirmó.
En relación con el mismo episodio dijo que nunca en Panamá se había dado un caso como el del Procurador y La Prensa, al tiempo que advirtió que este hecho, más que negativo para el gremio de los periodistas panameños, fue positivo pues los periodistas comenzaron a discutir sobre temas importantes que tienen que ver con el ejercicio del periodismo.
Sostuvo que antes esto era imposible hacerlo, la dictadura jamás hubiese permitido un juicio en torno a este caso; el problema de la reserva de la fuente hubiese terminado con "periodistas presos y medios cerrados y nada más’’, comentó.
Por otra parte, Hermes Sucre Serrano, director de la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Santa María la Antigua (USMA), considera que la reserva de la fuente es un principio básico del periodismo universal, especialmente para el periodismo investigativo, que se vale de fuentes que, por razones de seguridad, deben ser protegidas.
Una fuente de noticias tiene que ser buena, indistintamente que sea indentificada o no. Esta protección no es un derecho que atañe únicamente al periodista, sino también al informante, que muchas veces arriesga su trabajo, su familia, y hasta su vida, por divulgar informaciones.
La identificación de una fuente que pidió mantenerse en el anonimato constituye un mal precedente para la pureza del periodismo, principalmente porque viola el deber de la honestidad que está obligado a cumplir todo comunicador social.
Corresponde a cada periodista valorar sus fuentes. Determinar si las informaciones suministradas tienen fundamento. También puede recurrir a fuentes secundarias que confirmen los detalles expresados por la fuente primaria.
En sí, lo que debe prevalecer es la verdad por encima de todo. Si las personas afectadas por una publicación insisten en conocer a la fuente, demuestran una curiosidad personal, que puede llegar hasta la venganza. No les interesa la verdad o las consecuencias de lo publicado, sino quién lo dijo. Esto es irresponsable y es ahí donde el periodista debe imponer el criterio de protección.
Opiniones profesionales
También Gustavo Gorriti escribió un artículo de opinión en torno al caso de la reserva de la fuente donde explicaba que "un buen editor urge a sus reporteros a preferir siempre la fuente abierta a la anónima. Sin embargo, un editor no necesita ser siquiera bueno para saber que sin fuentes confidenciales el buen periodismo es imposible. Y sin buen periodismo, la prensa libre perece’’.
Decía Gorriti que "por eso, a través de años y latitudes, periodista tras periodista ha ingresado a la cárcel o ha soportado destinos peores antes que revelar su fuente. Todo periodista sabe que si rompe su compromiso de reserva, no solo renunciará a la confianza de otras fuentes y se desprestigiará irremediablemente, sino que también socavará el principio de confianza entre fuente y reportero, sin la cual un periodismo verdadero es imposible’’.
Casi todos los códigos de ética periodísticos (y he revisado ahora los escandinavos, el alemán, el inglés y el belga) comparten un simple mandato: "El periodista protegerá sus fuentes confidenciales de información’’, como dice, por ejemplo, el artículo 7 del Código de Etica de la Unión Nacional de Periodistas Británicos, de junio de 1994.
Pero, ¿qué pasa cuando la fuente utiliza malévolamente el compromiso de confidencialidad, como en el caso de los supuestos "narcocheques’’ atribuidos al Procurador? Eso, por desgracia, no rompe el principio de reserva de identidad. No lo rompe porque, en primer lugar, el compromiso se contrajo –como sucede en la mayoría de los casos– sin condicionarlo a la calidad de la información o la catadura moral de la fuente. De otro lado, ¿qué pasa si, por ejemplo, resultara al final que la fuente trasmitió inadvertidamente información errónea suministrada por una tercera persona o institución? No somos jueces, tampoco fiscales; pero lo que somos, periodistas, debemos serlo a plenitud, concluyó Gorriti.
Para I. Roberto Eisenmann Jr., presidente fundador de La Prensa, el asunto de la reserva de la fuente está contemplado en los Código de Etica, que en La Prensa se publica y se revisa todos los años.
"Durante el tiempo que dirigí el periódico –señaló Eisenmann– me tocó en una ocasión afrontar un caso en el que la fuente, en una controversia noticiosa, abusó en forma muy clara del privilegio de la reserva de la fuente. El tema ocupó semanas de debate en la junta de editores y durante el mismo consulté con incontables directores de prensa extranjeros. Luego de mucha discusión y examen de todas las controversias y opiniones, decidimos respetar la reserva de la fuente aun en un caso de claro abuso por parte de la fuente.’’
Dijo que hoy considera que la posición adoptada por mayoría fue la correcta, aun cuando en aquella ocasión "mi punto de vista era minoritario en el debate’’.
"La confianza de las fuentes es lo que permite a los periodistas recibir, información que es vital para su proceso de informar a su comunidad de lectores. Violar este compromiso de reserva, por más justificado que sea el razonamiento, pondría en peligro la fuente de importantes noticias que requiere una comunidad libre’’, indicó Eisenmman.
Por su parte, Rosario Arias de Galindo, presidenta de la Editora Panamá América, que publica los diarios El Panamá América y Crítica Libre, considera que es indispensable que el periodista utilice el recurso de la reserva de la fuente en su trabajo ya que es una de formas de conseguir información que el público tiene derecho a saber, pero que las fuentes no se atreven a divulgar.
Arias, a su vez, advirtió que los periodistas tienen que ser lo suficientemente maduros para descubrir cuándo las fuentes los utiliza y les ofrece información falsa. Agregó que los periodistas tienen la obligación de verificar toda la información que llega a través de fuentes anónimas; de lo contrario; se convierten en cómplices de la fuente.
"Los periodistas de la pluma tienen que ser conscientes de la responsabilidad que tienen con los lectores al momento de escribir una nota y tienen primero que ser maliciosos, incrédulos, curiosos y luego de verificar todos los datos, difundir la noticia", explica Galindo.
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